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Título VI y Cumplimiento de la ADA

Acta de Americanos con Discapacidades

De acuerdo con los requisitos del Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (ADA), la Junta de Servicios Comunitarios del Valleno lo hará discriminar a personas calificadas con discapacidades por motivos de discapacidad en sus servicios, programas o actividades.

Título VI Aviso al Público

VCSB prohíbe la discriminación. Si cree que está siendo discriminado por su raza, color, origen nacional, género, edad o discapacidad, comuníquese con Dana Fitzgerald, Directora de Calidad y Calidad. Cumplimiento en  540 887-3200.

¿Necesitas presentar una queja?

Cualquier individuo, grupo de individuos o entidad.

que crea que ha sido objeto de discriminación prohibida por las disposiciones de no discriminación del Título VI puede presentar una queja por escrito ante el Oficial de Cumplimiento del Título VI de la Junta de Servicios Comunitarios de Valley. Descargue el formulario de queja a continuación.

VCSB no discrimina ni discriminará por motivos de raza, color, religión (credo), género, expresión de género, edad, origen nacional (ascendencia), discapacidad, estado civil, orientación sexual o estado militar, en ninguna de sus actividades. u operaciones.

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